Artículo 88-A.- Imprescriptibilidad de pena y acción
Código Penal
La pena y la acción penal son imprescriptibles en los delitos previstos en los artículos 153, 153-A, 153-B y 153-C y en los capítulos IX, X y XI del Título IV del Libro Segundo del Código Penal.
Concordancias:
artículos 153, 153-A, 153-B, 153-C, capítulos IX, X y XI del Título IV del Libro Segundo del Código Penal